Sobre la relación ¿laboral? de las personas colaboradoras externas o subagentes comerciales. Comentario a la STS de 24 de enero de 2024

  1. RAQUEL POQUET CATALÁ
Revista:
Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

ISSN: 1696-9626

Año de publicación: 2024

Número: 68

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Resumen

En este trabajo se analiza la STS de 18 de enero de 2024 en torno a la discusión sobre el tipo de relación –laboral o mercantil- que tienen las personas colaboradoras externas o subagentes de las agencias de seguro. En esta sentencia se analizan las notas características de la relación laboral, especialmente la dependencia, así como la doctrina jurisprudencial en torno a la calificación de una relación como laboral.