Análisis de la obligación española de suministrar información sobre bienes y derechos en el extranjero tras la Sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022 (Asunto C-788/19)una restricción desproporcionada a la libre circulación de capitales

  1. Esaú Alarcón García
Revista:
Revista General de Derecho Europeo

ISSN: 1696-9634

Año de publicación: 2022

Número: 57

Tipo: Artículo

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Resumen

Al calor de una amnistía fiscal que posteriormente devino inconstitucional, el legislador español estableció una hasta entonces desconocida obligación informativa específica para determinados bienes y derechos en el extranjero, que pasó a cumplimentarse a través del conocido modelo 720. Desde su nacimiento, este novedoso deber informativo ha estado cubierto de un manto de sospecha tanto por su propia existencia y compleja forma de cumplimiento como por el abismo en el que han quedado los contribuyentes que, por algún motivo, no lo han cumplido en plazo o correctamente. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de enero de 2022 ha resuelto la discusión, mandando al cajón de las pesadillas olvidadas una normativa que nunca debió ver la luz por su evidente contrariedad con las libertades europeas y que se ha mantenido en vigor, a pesar de ser objeto de una constante controversia, por cuestiones que superan el mero debate jurídico

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