La intervención jurisdiccional en el laudo arbitral a través de su anulación y ejecución forzosa
- BURLADA ECHEVESTE, INES MARIA
- Antonio María Lorca Navarrete Doktorvater
Universität der Verteidigung: Universidad del País Vasco - Euskal Herriko Unibertsitatea
Fecha de defensa: 08 von Oktober von 2010
- Isaac Merino Jara Präsident
- Agustín-Jesús Pérez-Cruz Martín Sekretär/in
- Arturo Álvarez Alarcón Vocal
- Maria Victória Rocha Vocal
- Pablo Saavedra Gallo Vocal
Art: Dissertation
Zusammenfassung
El apartado 3 del artículo 31 de la Ley de Arbitraje de 22 de diciembre de 1953 reguló la ejecución provisional del laudo arbitral, siempre que el solicitante prestase fianza bastante para responder de las costas y posibles perjuicios. Más tarde, la Ley de Arbitraje de 5 de diciembre de 1988 no contempló la ejecución provisional del laudo. La nueva Ley de Arbitraje de 22 de diciembre de 2003 establece que el laudo es ejecutable aun cuando contra él se haya ejercitado acción de anulación. Sin embargo no se trata de una ejecución provisional, sino de una ejecución ordinaria con un régimen especial de suspensión de la ejecución.