La paradoja de la protección de los defensores de derechos humanosentre la emancipación y las cadenas del desarrollo
- 1 Unicolombo. Cartagena de Indias, Colombia
ISSN: 2254-2035
Ano de publicación: 2022
Título do exemplar: La RIED cumple 10 años
Volume: 11
Número: 1
Páxinas: 224-239
Tipo: Artigo
Outras publicacións en: Revista Iberoamericana de Estudios de Desarrollo= Iberoamerican Journal of Development Studies
Resumo
En el presente trabajo se evidencia, tomando como ejemplo la creciente ola de protección de defensores de derechos humanos, la contradictoria relación del desarrollo con unos derechos humanos parte de este discurso y las posibilidades de emancipación a través de esta herramienta de defensa de la dignidad humana.
Referencias bibliográficas
- ABELLÁN, J (2011). Hacia un nuevo concepto de desarrollo. Análisis crítico de los informes sobre Desarrollo Humano del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo 2000-2005, tesis doctoral. Universidad Pablo de Olavide, Sevilla.
- AGUILÓ, JA (2009). Los Derechos Humanos como campo de luchas por la diversidad humana: un análisis desde la sociología crítica de Boaventura de Sousa Santos. Universitas humanística 68(68).
- ARENAL, L (2018). Crímenes económicos en derecho internacional: propuesta de una nueva categoría de crímenes contra la humanidad. Aranzadi, Navarra, 2018.
- ASAD, T (2003). Formations of the secular. Christianity, Islam and Modernity. Stanford, California.
- BECK, U (2017). La metamorfosis del mundo. Paidós, Madrid.
- BELLIDO, ÁM (2004). Soft Law: ¿mucho ruido y pocas nueces? Revista electrónica de estudios internacionales (REEI) (8):2.
- BIRCHALL, D (2021). Reconstructing state obligations to protect and fulfil socio-economic rights in an era of marketisation. International & Comparative Law Quarterly 1-17.
- CASTORIADIS, C (1983). La institución imaginaria de la sociedad, vol. 1. Tusquets, Barcelona, p. 231.
- COHEN, D (2012). The Holocaust and the Human Rights Revolution. A Reassessment. En: Iriye A, Goedde P, Hitchcock W. The Human Rights Revolution. An International History. Oxford University Press, Nueva York, pp. 53-73.
- COX, R (1982). Gramsci, hegemony and international relations: an Essay in method. Millenium: Journal of International Studies, vol. 12, 12.
- D’AMATO, A (2008). International Soft Law, Hard Law, and Coherence. Northwestern Public Law Research Paper (08-01).
- DE SOUSA, B (2002). Hacia una concepción multicultural de los derechos humanos. El otro derecho 28:59-83.
- Declaración sobre el derecho al desarrollo adoptada por la Asamblea General en su resolución 41/128, del 4 de diciembre de 1986.
- Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos. A/RES/53/144 de 8 de marzo de 1999.
- ELLIOT, M (2021). Problematising the «governance gap»: corporations, human rights, and the emergence of transnational law. Transnational Legal Theory 1-17.
- ESCOBAR, A (1988). Power and visibility: development and the invention and management of the Third World. Cultural Anthropology, vol. 3, 4:428-443.
- ESTEVA, G; PRAKASH, M (1998). Grassroots Post-Modernism. Remaking the soil of cultures. Zed Books, Londres.
- FONTANA, J (2017). El siglo de la revolución. Una historia del mundo desde 1914. Planeta, Madrid.
- FOUCAULT, M (1980). Power/Knowledge. Pantheon Books, Nueva York.
- FRONT LINE DEFENDERS (2020). Front Line Defenders Global Analysis 2019. Dublín.
- GÁNDARA, M (2019). Los Derechos Humanos en el S. xxi. Una mirada desde el pensamiento crítico. Clacso, Buenos Aires.
- GLOBAL WITNESS (2017). ¿A qué precio? Negocios irresponsables y el asesinato de personas defensoras de la tierra y del medio ambiente en 2017. Londres, Inglaterra.
- GLOBAL WITNESS (2019). Enemigos del Estado. De cómo los gobiernos y las empresas silencian a las personas defensoras de la tierra y del medio ambiente, julio. Londres, Inglaterra, Global Witness.
- GÓMEZ, F; ORAÁ, J (1997). La Declaración Universal de los Derechos Humano. Un breve comentario en su 50 aniversario. Universidad de Deusto, Bilbao.
- GOWAN, P (2004). Estados Unidos/Naciones Unidas. Akal, Madrid.
- HARARI, Y (2018). 21 lecciones para el siglo xxi. Debate, Madrid.
- HERRERA FLORES, J (2005). Los derechos humanos como productos culturales: crítica del humanismo abstracto. Los Libros de la Catarata, vol. 215.
- HERRERA FLORES, J (2008). La reinvención de los derechos humanos. Andalucía, Atrapasueños.
- HILDERBRAND, R (2001). Dumbarton Oaks: The Origins of the United Nations and the Search for Postwar Security. UNC Press Books.
- Informe de René Cassin tras la primera reunión del Comité de Derechos Humanos. 27 de febrero de 1947. NUOI.
- LAVAL, C; DARDOT, P (2013). La nueva razón del mundo. Editorial Gedisa, Madrid.
- MÁRQUEZ, C (2008). Logros y desafíos en el 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Cuadernos Deusto de Derechos Humanos 52. Universidad de Deusto.
- MOYN, S (2015). La última utopía: los derechos humanos en la historia. Editorial Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá.
- PECES-BARBA, G (1994). La universalidad de los derechos humanos. https://doxa. ua.es/article/view/1994-n15-16-la-universalidad-de-los-derechos-humanos, acceso 10 de enero de 2022.
- PÉREZ, AE (1998). Sobre la universalidad de los Derechos Humanos. Anuario de Filosofía del Derecho 15:95-110.
- PNUD, ONU (2000). Informe sobre desarrollo humano 2000. Mundiprensa.
- Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo. Informe presentado por la Sra. Margaret Sekaggya, relatora especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, A/HRC/10/12, del 12 de febrero de 2009.
- RAJAGOPAL, B (1999). International law and the development encounter: violence and resistance at the margins. American Society of International Law. En: Proceedings of the Annual Meeting, pp. 16-27.
- RAJAGOPAL, B (2005). El derecho internacional desde abajo. El desarrollo, los movimientos sociales y la resistencia del tercer mundo. ILSA, Bogotá.
- RISSE-KAPPEN, T et al. (1999). The Power of Human Rights: International Norms and Domestic Change. Cambridge University Press.
- RIST, G (2002). El Desarrollo: historia de una creencia occidental. Catarata, Madrid, 2002.
- RODRICK, D (2011). La paradoja de la globalización. Antoni Bosch Ed. S. A.
- ROSTOW, W (1990). The Stages of Economic Growth: a Non-Communist Manifesto. Cambridge University Press, Cambridge.
- SAID, S (1999). Orientalismo. Feltrinelli.
- SEN, A (1998). Teorías del desarrollo a principios del S. xxi. Cuadernos de Economía, vol. 17:29.
- SKJÆRSETH, JB; STOKKE, OS; WETTESTAD, J (2006). Soft law, hard law, and effective implementation of international environmental norms. Global Environmental Politics 6(3):104-120.
- SLOBODIAN, Q (2020). Globalistas. Capitán Swing, Madrid.
- TAPIA, A (2018). Los Objetivos de Desarrollo Sostenible como el último paso tecnificador del discurso de Desarrollo. Revista Internacional de Cooperación y Desarrollo 5(2):211-225.
- TAPIA, A; HERNÁNDEZ, M (2016). La situación de los defensores de Derechos Humanos en Colombia, vol. 82. Universidad de Deusto.
- VILLACAÑAS, JL (2020). Neoliberalismo como teología política. Gedisa, Madrid.