Las Leyes de Indiasdel urbanismo colonial al turismo monumental en Iberoamérica

  1. Miriam Menchero Sánchez
Revista:
Araucaria: Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales

ISSN: 2340-2199 1575-6823

Año de publicación: 2024

Título del ejemplar: La izquierda iberoamericana / Violencia política y construcción de paz en Irlanda del Norte

Volumen: 26

Número: 56

Páginas: 545-561

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Araucaria: Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales

Referencias bibliográficas

  • ⦁ Libro IIII. Titulo Quinto, de las poblaciones. Ley j. Que las Tierras y Provincias que se eligieren para poblar, tengan las calidades que se declara. D. Felipe II Ordenanza 34 – 35 y 56 de Poblaciones (pág. 23).
  • ⦁ Libro IIII. Titulo Quinto, de las poblaciones. Ley ij. Que las Tierras que se hubieren de poblar, tengan buenas entradas, y salidas por Mar, y Tierra. El mismo Ordenanza 37.
  • ⦁ Libro IIII. Titulo Quinto, de las poblaciones. Ley vj. Que la capitulación para Villa de Alcaldes ordinarios, y Regidores se haga conforme a esta ley. D. Felipe II allí, Ordenanza 88 y 89.
  • ⦁ Libro IIIII. Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley j. Que las nuevas poblaciones se funden con las calidades de esta ley. Emperador D. Carlos Ordenanza II de 1523. D. Felipe II Ordenanza 39 y 40 de Poblaciones. D. Carlos II y la Reyna Gobernadora.
  • ⦁ Libro IIIII. Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley iij. Que el terreno y cercanía sea abundante y sano. Ordenanza III.
  • ⦁ Libro IIIII. Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley iiij. Que no se pueblen Puertos, que no sean buenos y necesarios para el comercio y la defensa. Ordenanza 41.
  • ⦁ Libro IIIII. Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley v. Que se procure fundar cerca de los Rios, y allí los oficios que causan inmundicias. Ordenanza 122 y 123.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley viij, Que se fabriquen el Templo principal en el sitio , y disposición, que se ordena , y otras Iglesias , y Monasterios. Ordenanza 118, 119, 120, 122, 125 y 126.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley viiij, Que el sitio, tamaño , y disposición de la plaza sea como se ordena. Ordenanza 112, 113, 114, 115.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley x, Forma de las calles. D. Felipe II. Ordenanza 116 y 117.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley xj, Que los solares se repartan por suertes. Ordenanza 127
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley xij, Que no se edifiquen casas trecientos pasos alrededor de las murallas. D. Felipe III en Madrid á 6 de Marzo de 1608. D. Carlos II y la Reyna Gobernadora.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley xiij, Que se señala exido competente para el Pueblo. D. Felipe II. Ordenanza 129 de poblaciones.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Ley xvij. Que las casas se dispongan conforme á esta ley. Ordenanza 130 y 134.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Que los Hospitales se funde conforme á la ley. Ley II, Titulo IV, Libro 3.
  • ⦁ Libro IIII, Titulo Siete, de la población de las ciudades, villas y pueblos. Que las Cárceles se funden conforme á la ley. Ley I, Titulo VI, Libro 7.