Imputación e injusto de la responsabilidad penal de la persona jurídica: lineamientos de un modelo de «autor detrás del autor»

  1. Carlos Bardavío Antón 1
  1. 1 Universidad Internacional de La Rioja
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    Universidad Internacional de La Rioja

    Logroño, España

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Revista:
Revista electrónica de ciencia penal y criminología

ISSN: 1695-0194

Ano de publicación: 2022

Número: 24

Tipo: Artigo

Outras publicacións en: Revista electrónica de ciencia penal y criminología

Resumo

En este trabajo ponemos de manifiesto los desencuentros normativos y dogmáticos en la legislación actual para a través de estos formular una respuesta unitaria. Por nuestra parte entendemos que sólo tratando a la persona jurídica como un sistema que genera comunicaciones propias se puede concebir su diferencia y el sentido de su comunicación como una institución garante de riesgos ante terceros. Este planteamiento avala la autorresponsabilidad objetiva de la persona jurídica como garante de riesgos que irroga su cualidad institucional. La premisa de su responsabilidad se hallaría en su saber propio mediante la selectividad de la información, mientras que su fundamento estaría en las decisiones. Proponemos unos lineamientos de comprensión de la responsabilidad de la persona jurídica mediante un modelo de autor detrás del autor por el cual se podrían independizar los injustos, las formas comisivas y los títulos de imputación. Se concluye que la responsabilidad penal de la persona jurídica no depende de la imputación y/o responsabilidad de la persona física.

Referencias bibliográficas

  • ABADÍAS SELMA, A. (2020a), «El delito de corrupción en el deporte: Del “Caso Oikos” al “Caso Osasuna”, entre otras tramas delictivas», Pere SIMÓN CASTELLANO, Alfredo ABADÍAS SELMA (coords.), Mapa de riesgos penales y prevención del delito en la empresa, Wolters Kluwer, Madrid, pp. 277-304.
  • ABADÍAS SELMA, A. (2020b), «El desempeño de las funciones de Delegado de Protección de Datos. Gestión de procesos críticos y casos prácticos», Diario La Ley, nº. 9686.
  • AGUADO CORREA, T. (2004), Inexigibilidad de otra conducta en Derecho penal, Comares, Granada.
  • AGUILERA GORDILLO, R. (2018), Compliance Penal en España. Régimen de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Fundamentación Analítica de Base Estratégica. Lógica Predictiva y Requisitos del Compliance Program Penal, Thomson Reuters-Aranzadi, Navarra.
  • ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO, (2007), Enjuiciamiento de animales y de objetos inanimados, en la segunda mitad del siglo XX, reed. de 1969, Universidad Nacional Autónoma de México, México.
  • ALMODÓVAR PUIG, B. ; HERNÁNDEZ LUQUE, B. (2020), «El riesgo permitido como defensa de la persona jurídica investigada por corrupción», Diario La Ley, nº. 9555, enero.
  • BACIGALUPO SAGGESE, S. (1998), La responsabilidad penal de las personas jurídicas, Bosch, Barcelona.
  • BACIGALUPO SAGGESE, S. (2011), «Los criterios de imputación de la responsabilidad penal de los entes colectivos y de sus órganos de gobierno (arts. 31 bis y 129 CP)», Diario La Ley, nº. 7541, enero.
  • BAJO FERNÁNDEZ, M. ; FEIJOO SÁNCHEZ, B. ; GÓMEZ-JARA DÍEZ, C., (2016), Tratado de responsabilidad penal de las personas jurídicas, Civitas, Madrid.
  • BARDAVÍO ANTÓN, C. (2018), Las sectas en Derecho penal. Estudio dogmático de los delitos sectarios, Bosch, Barcelona.
  • BARDAVÍO ANTÓN, C. (2020), «Imputación de resultados lesivos y muerte por contagio de Covid-19: ¿modificación de la tolerancia del riesgo?», La Ley Penal, nº 144, mayo-junio.
  • BERISTAIN IPIÑA, A. (1979), «Objetivación y finalismo en los accidentes de tráfico», Cuestiones penales y criminológicas, Reus, Madrid, pp. 118-119.
  • BEULKE, W. (2011), «Der “Compliance Officer” als Aufsichtsgarant?, Überlegungen zu einer neuen Erscheinungsform der Geschäftsherrenhaftung», GEISLER, C., (hrsg.), FS fúr Geppert zum 70. Geburtstag am 10. März 2011, Berlin, De Gruyter, pp. 23-42.
  • BOLDOVA PASAMAR, M.A. (2013), «La introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en la legislación española», Estudios Penales y Criminológicos, vol. XXXIII, pp. 219-263.
  • BOLEA BARDÓN, C. (2000), Autoría mediata en Derecho penal, Tirant lo Blanch, Valencia.
  • BUSTOS RUBIO, M. (2020), «Mobbing y acoso sexual en el trabajo: la inexistente responsabilidad penal de la empresa y los protocolos antiacoso», Pere SIMÓN CASTELLANO, Alfredo ABADÍAS SELMA (coords.), Mapa de riesgos penales y prevención del delito en la empresa, Wolters Kluwer, Madrid, pp. 485-500.
  • CARBONELL MATEU, J.C. (2010), «Responsabilidad penal de las personas jurídicas: reflexiones en torno a su “dogmática” y al sistema de la reforma de 2010», Cuadernos de Política Criminal, nº. 101, pp. 5-33.
  • CIGÜELA SOLA, J. (2015), La culpabilidad colectiva en el Derecho penal. Crítica y propuesta de una responsabilidad estructural de la empresa, Marcial Pons, Madrid.
  • DE LA CUESTA ARZAMENDI, J.L. (2012), «Responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Derecho español», Revista electrónica de la Asociación Internacional de Derecho Penal, nº. A-01.
  • DEL MORAL GARCÍA, A., (2019), «Compliance en la doctrina de la Sala Segunda del Tribunal Supremo: presente y perspectivas», José Luis GÓMEZ COLOMER (dir.), Tratado sobre Compliance Penal. Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y Modelos de Organización y Gestión, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 675-704.
  • DEL ROSAL BLASCO, B. (2016), «Sobre los elementos estructurales de la responsabilidad penal de las personas jurídicas: reflexiones sobre las SSTS 154/2016 y 221/2016 y sobre la Circular núm. 1/2016 de la Fiscalía General del Estado», Diario La Ley, nº. 8732.
  • DEL ROSAL BLASCO, B. (2018), Manual de responsabilidad penal y defensa penal corporativas, La Ley, Madrid.
  • DÍAZ Y GARCÍA CONLLEDO, M. (1991), La autoría en Derecho penal, pról. Diego-Manuel Luzón Peña, PPU, Barcelona.
  • DÍAZ Y GARCÍA CONLLEDO, M. (2019), «La responsabilidad penal de las personas jurídicas. Un análisis dogmático», en Juan Luis GÓMEZ COLOMER (dir.) y Christa María MADRID BOQUÍN (coord.), Tratado sobre compliance penal: Responsabilidad penal de las personas jurídicas y modelos de organización y gestión, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 101-123.
  • DÍEZ RIPOLLÉS, J.L. (2012), «La responsabilidad penal de las personas jurídicas. regulación española», InDret, nº. 1, 2012.
  • DOPICO GÓMEZ-ALLER, J. (2010), «Responsabilidad de personas jurídicas», Memento Experto, Reforma Penal de 2010, Francis Lefebvre, Madrid, pp. 10 y ss.
  • FERNÁNDEZ IBÁÑEZ, E., (2006) La autoría mediata en aparatos organizados de poder, Comares, Granada.
  • FERNÁNDEZ TERUELO, J.G. (2015), «Regulación vigente: exigencias legales que permiten la atribución de responsabilidad penal a la persona jurídica y estructura de imputación (CP art. 31 bis 1,2 inciso 1º y 5)», Ángel JUANES PECES (coord.), Responsabilidad penal y procesal de las personas jurídicas, Francis Lefebvre, Madrid, pp. 300 y ss.
  • FERNÁNDEZ TERUELO, J.G. (2018a), «Responsabilidad penal de las personas jurídicas: requisitos comunes a los criterios de transferencia o conexión o doble vía de imputación [art. 31 bis 1. apartados a) y b)]», Ángela MATALLÍN EVANGELIO (dir.), Compliance y prevención de delitos de corrupción, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 43-54.
  • FERNÁNDEZ TERUELO, J.G. (2018b), «Criterios de transferencia o conexión en el modelo vigente de responsabilidad penal de las personas jurídicas: la doble vía de imputación (art. 31 bis 1. apartados a) y b) CP)», José María SUÁREZ LÓPEZ, Jesús BARQUÍN SANZ, Ignacio F. BENÍTEZ ORTÚZAR, María José JIMÉNEZ DÍAZ, José Eduardo SÁINZ CANTERO CAPARRÓS (coords.), Estudios jurídico penales y criminológicos: en homenaje a Lorenzo Morillas Cueva, vol. 1, Dykinson, Madrid, pp. 223-245.
  • FERNÁNDEZ TERUELO, J.G. (2019a), «El control de la responsabilidad penal de la persona jurídica a través de los modelos de cumplimiento: las condiciones legales establecidas en el art. 31 bis 2 y ss. CP», Juan Luis GÓMEZ COLOMER (dir.), Christa María MADRID BOQUÍN (coord.), Tratado sobre compliance penal: responsabilidad penal de las personas jurídicas y modelos de organización y gestión, Tirant lo Blanch, Valencia, 2019, pp. 181-210.
  • FERNÁNDEZ TERUELO, J.G, (2019b), «Responsabilidad penal de las personas jurídicas. El contenido de las obligaciones de supervisión, organización, vigilancia y control referidas en el art. 31 bis 1. b) del Código Penal español», Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, nº. 21-03.
  • FERNÁNDEZ TERUELO, J.G. (2020a), Parámetros interpretativos del modelo español de responsabilidad penal de las personas jurídicas y su prevención a través de un modelo de organización o gestión (compliance), Thomson Reuters, Aranzadi, Pamplona.
  • FERNÁNDEZ TERUELO, J.G. (2020b), «Responsabilidad penal de las personas jurídicas», Miguel Bustos Rubio y Alfredo Abadías Selma (dirs.), Antonio del Moral García (pról.), Una década de reformas penales: análisis de diez años de cambios en el Código Penal (2010-2020), Bosch, Barcelona, pp. 67-83.
  • FRELLESEN, P. (1980), Die Zumutbarkeit der Hilfeleistung, Frankfurt a. Main.
  • FREUDENTHAL, B. (1922), Schuld und Vorwurf im geltenden Strafrecht, Tübingen.
  • FUENTES OSORIO, J.L. (2021), «Juntos, pero no revueltos. La pena de referencia de la persona física en el modelo de responsabilidad penal de las personas jurídicas», Cuadernos de política criminal, nº 133, pp. 61-91.
  • GIMBERNAT ORDEIG, E. (1962), «La causalidad en el derecho penal», Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, t. XV, Fasc. III, septiembre-diciembre, pp. 543-579.
  • GIMBERNAT ORDEIG, E. (1990), «El estado de necesidad: un problema de antijuricidad», Estudios de Derecho penal, 3ª ed., Tecnos, Madrid.
  • GIMBERNAT ORDEIG, E. (2007), Delitos cualificados por el resultado y causalidad, B de F, 2ª ed., Buenos Aires.
  • GOLDSCHMIDT, J. (2002), La concepción normativa de la culpabilidad, trad. M. de Goldschmidt y Ricardo Núñez, 2ª ed., B de F, Buenos Aires.
  • GÓMEZ RIVERO, Mª.C. ; MARTÍNEZ GONZÁLEZ, Mª.I. ; NÚÑEZ CASTAÑO, E. (2010), Nociones fundamentales de derecho penal. 2ª ed., Tecnos, Madrid.
  • GÓMEZ TOMILLO, M. (2010), Introducción a la responsabilidad criminal de las personas jurídicas en el sistema español, Lex Nova, Valladolid.
  • GÓMEZ TOMILLO, M. (2016), «La responsabilidad penal de las personas jurídicas: Comentario a la STS 154/2016 de 29 de febrero, ponente José Manuel Maza Martín», Diario La Ley, nº. 8747, abril.
  • GÓMEZ-JARA DÍEZ, C. (2005), La culpabilidad penal de la empresa, Marcial Pons, Madrid Barcelona.
  • GÓMEZ-JARA DÍEZ, C. (2006), «Autoorganización empresarial y autorresponsabilidad empresarial. Hacia una verdadera responsabilidad penal de las personas jurídicas», Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, nº. 08-05.
  • GÓMEZ-JARA DÍEZ, C. (2016a), «El pleno jurisdiccional del Tribunal Supremo sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas: fundamentos, voces discrepantes y propuesta reconciliadora», Diario La Ley, nº. 8724, marzo.
  • GÓMEZ-JARA DÍEZ, C. (2016b), «Delito corporativo y responsabilidad penal de las personas jurídicas: un desarrollo coherente de la jurisprudencia del Tribunal Supremo», Diario La Ley, nº. 8830, septiembre.
  • GÓMEZ-JARA DÍEZ, C. (2016c), «La culpabilidad de la persona jurídica», Miguel BAJO FERNÁNDEZ, Bernardo FEIJÓO SÁNCHEZ, Carlos GÓMEZ-JARA DÍEZ, Tratado de responsabilidad penal de las personas jurídicas, 2ª ed., Aranzadi, Navarra, pp. 143-219.
  • GÓMEZ-JARA DÍEZ, C. (2019), «La posición de garante penal de las personas jurídicas: a propósito de la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 2019», La Ley Penal, nº 140 (LA LEY 13197/2019), septiembre-octubre.
  • GONZÁLEZ CUSSAC, J.L. (2015), Comentarios a la reforma del Código penal de 2015, José Luis GONZÁLEZ CUSSAC (dir.), Ángela MATALLÍN EVANGELIO y Elena GÓRRIZ ROYO (coords.), Tirant lo Blanch, Valencia.
  • GONZÁLEZ CUSSAC, J.L. (2020), Responsabilidad penal de las personas jurídicas y programas de cumplimiento, Tirant lo Blanch, Valencia.
  • GRACIA MARTÍN, L. (1997), «La cuestión de la responsabilidad penal de las propias personas jurídicas», Carlos María ROMEO CASABONA (ed. lit.), Dogmática penal, política criminal y criminología en evolución, Universidad de Tenerife, Centro de Estudios Criminológicos, pp. 103-138.
  • GRACIA MARTÍN, L. (2012), Lecciones de consecuencias jurídicas del delito, 4.ª ed., Tirant lo Blanch, Valencia,
  • GRACIA MARTÍN, L. (2015), «La inexistente responsabilidad “penal” de las personas jurídicas», Foro FICP-Tribuna y Boletín de la FICP, nº 2015-2, julio.
  • GRACIA MARTÍN, L. (2016), «Críticas de las modernas construcciones de una mal llamada responsabilidad penal de la persona jurídica», Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, nº. 18-05.
  • GRACIA MARTÍN, L. (2018), «Analogía y naturaleza de la cosa: la imposible e inconcebible responsabilidad penal y sancionatoria de la persona jurídica», en Carlos GÓMEZ-JARA DÍEZ (coord.), Persuadir y razonar: Estudios Jurídicos en Homenaje a José Manuel Maza Martín, t. II, pp. 209-240.
  • HEINE, G.v., (1995), Die strafrechtliche Verantwortlichkeit von Unternehmen, Nomos.
  • HEINE, G.v. (2006), «Modelo de responsabilidad originaria de la empresa», en Carlos GÓMEZ-JARA (coord.), Modelos de autorresponsabilidad penal empresarial: propuestas contemporáneas, Aranzadi Thomson Reuters, pp. 25-68.
  • HERNÁNDEZ PLASENCIA, J.U. (1996), La autoría mediata en Derecho penal, Comares, Granada.
  • HIRSCH, H.J. (1999), «Acerca de los límites de la autoría mediata», José CEREZO MIR y Edgardo Alberto DONNA, Derecho penal, Obras completas, Libro Homenaje, t. I, Rubinzal-Culzoni, Santafe, pp. 193 y ss.
  • HORMAZÁBAL MALARÉE, H. (2018), «Teoría del delito y responsabilidad de las personas jurídicas», Diario La Ley, nº. 9178, abril.
  • HRUSCHKA, J. (2005), «Prohibición de regreso y concepto de inducción. Consecuencias», en HRUSCHKA, Joachim, Imputación y Derecho penal. Estudios sobre la teoría de la imputación, Pablo SÁNCHEZ-OSTIZ (ed.), pról. J-Mª Silva Sánchez, Aranzadi, Pamplona, pp. 169-195.
  • JAKOBS, G. (1997a), Derecho penal, Parte general. Fundamentos y teoría de la imputación, trad. Joaquín Cuello Contreras y José Luis Serrano González de Murillo, Marcial Pons, Madrid.
  • JAKOBS, G. (1997b), «El delito imprudente», trad. Manuel Cancio Meliá, Jakobs, G., Estudios de Derecho penal, Civitas, Madrid, pp. 167-196.
  • JAKOBS, G., (2003), «¿Punibilidad de las personas jurídicas?», en Montealegre Lynett Eduardo (Coordcoord.), VV.AA., El funcionalismo en Derecho penal. Libro Homenaje al Prof. Günther Jakobs, Universidad Externado de Colombia, Colombia, pp. 338-342.
  • KÄMPER, S. (2015), «Sanktionsausschlienssende und -mildernde Wirkung von Compliance- Programmen», Unternehmensstrafrecht, Festschrift für Jürgen Wessing zum 65. Geburtstag, Ahlbrecht, Dann, Wessing, Frister y Bock (edits.), pp. 55-88.
  • KNIGHT, F., Risk, Uncertainty and Profit, Houghton Mifflin, Boston, 1921.
  • LACRUZ BERDEJO, J.L. (2010), Elementos de Derecho civil I, Parte General, vol. II, Personas, 6ª ed., Dykinson, Madrid.
  • LAMPE, E.J. (1999), «Zur ontologischen Struktur des strafbaren Unrechts», en WEIGEND / KÜPPER (eds.), Festschrift für Hans Joachim Hirsch, pp. 83 y ss.
  • LAMPE, E.J. (2003), «Injusto del sistema y sistemas de injusto», trad. Carlos Gómez-Jara Díez, LAMPE, Ernst-Joachim, La Dogmática jurídico-penal entre la ontología social y el funcionalismo, ed. y trad. española de Carlos GÓMEZ-JARA DÍEZ, Guillermo ORCE y Miguel POLAINO-ORTS, Grijley, Lima, pp. 97 y ss.
  • LASCURAÍN SÁNCHEZ, J.A. (2014), «Salvar al Oficial Ryan (Sobre la responsabilidad penal del Oficial de Cumplimiento)», Santiago MIR PUIG, Mirentxu CORCOY BIDASOLO y Víctor GÓMEZ MARTÍN (dirs.), Responsabilidad de la empresa y compliance. Programas de prevención, detección y reacción penal, Edisofer, Madrid, pp. 301-336.
  • LASCURAÍN SÁNCHEZ, J.A. (2021), «Análisis de riesgos penales: cuatro inquietudes», La Ley Compliance Penal, nº. 7, pp. 1-11.
  • LEÓN ALAPONT, J. (2020a), Compliance penal: especial referencia a los partidos políticos, Tirant lo Blanch, Valencia.
  • LEÓN ALAPONT, J. (2020b), «Los programas de cumplimiento penal como objeto de prueba», Revista General de Derecho Procesal, nº. 51, 2020.
  • LEÓN ALAPONT, J. (2020c), «Retos jurídicos en el marco de las investigaciones internas corporativas: a propósito de los compliances», Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, nº. 22-04, pp. 1-34.
  • LIÑÁN LAFUENTE, A. (2019a), «El oficial de cumplimiento: su responsabilidad penal», Juan Luis GÓMEZ COLOMER (dir.), Christa María MADRID BOQUÍN (coord.), Tratado sobre compliance Penal. Responsabilidad penal de las personas jurídicas y modelos de organización y gestión, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 347-378.
  • LIÑÁN LAFUENTE, A. (2019b), La responsabilidad penal del compliance officer, Aranzadi, Pamplona.
  • LIÑÁN LAFUENTE, A. (2020), «Supuestos de responsabilidad penal del compliance officer», Pere SIMÓN CASTELLANO, Alfredo ABADÍAS SELMA (coords.), Mapa de riesgos penales y prevención del delito en la empresa, Wolters Kluwer, Madrid, pp. 329-342.
  • LUHMANN, N. (1983), Fin y racionalidad en los sistemas. Sobre la función de los fines en los sistemas sociales, trad. Jaime Nicolás Muñiz, Editora Nacional, Madrid.
  • LUHMANN, N. (1998), Sistemas sociales. Lineamientos para una teoría general, trad. Silvia Pappe y Brunhilde Erke, bajo la coordinación de Javier Torres Nafarrate, 2ª ed., Anthropos, México.
  • LUHMANN, N. (2005a), El Derecho de la sociedad, trad. Javier Torres Nafarrate, 2ª ed., Herder, Universidad Iberoamericana, Biblioteca Francisco Xavier Clavigero, México.
  • LUHMANN, N. (2005b), Organización y decisión. Autopoiesis, acción y entendimiento comunicativo, intr. y trad. Darío Rodríguez Mansilla, Anthropos, 1ª reimp. de la 1ª ed. 1997, México.
  • LUHMANN, N. (2005c), Poder, Anthropos, 1ª reimp. de la 1ª ed. 1995, México.
  • LUHMANN, N. (2006), Sociología del riesgo, Universidad Iberoamericana, México.
  • LUHMANN, N. (2007), La sociedad de la sociedad, Herder, México.
  • LUHMANN, N. (2009), ¿Cómo es posible el orden social?, trad. Pedro Morandé Court, Herder, México.
  • LUHMANN, N. (2010), Organización y decisión, trad. Darío Rodríguez Mansilla, Herder, México.
  • LUHMANN, N. (2013a), «Acuerdo sobre riesgos y peligros», trad. Iván Ortega Rodríguez, Luhmann, Niklas, La moral de la sociedad, Trotta, recopilación de artículos, pp. 321-332.
  • LUHMANN, N. (2013b), «Interacción, organización, sociedad. Aplicaciones de la teoría de sistemas», trad. Iván Ortega Rodríguez, LUHMANN, Niklas, La moral de la sociedad, Trotta, recopilación de artículos, pp. 197-214.
  • LUHMANN, N. (2013c) «Las normas desde una perspectiva sociológica», trad. Iván Ortega Rodríguez, Luhmann, N., La moral de la sociedad, Trotta, recopilación de artículos, pp. pp. 29-56
  • MARAVER GÓMEZ, M. (2009), El principio de confianza en Derecho penal. Un estudio sobre la aplicación del principio de autorresponsabilidad en la teoría de la imputación objetiva, pról. Jorge Barreiro, Civitas, Madrid.
  • MARTÍN LORENZO, M.ª (2009), La exculpación penal. Bases para una atribución legítima de la responsabilidad penal, Tirant lo Blanch, Valencia.
  • MARTÍNEZ-BUJÁN PÉREZ, C. (2011), Derecho penal económico y de la empresa. Parte general, Tirant lo Blanch, Valencia.
  • MARTÍNEZ ESCAMILLA, M. (1992), La imputación objetiva de resultado, Edersa, Madrid.
  • MARTÍNEZ PATÓN, V. (2021), Conversaciones sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Análisis de 10 años, Bosch, Barcelona.
  • MARTÍNEZ PATÓN, V. (2020), «¿Programas de Compliance para consecuencias accesorias (art. 129 CP)?», Pere SIMÓN CASTELLANO, Alfredo ABADÍAS SELMA (coords.), Mapa de riesgos penales y prevención del delito en la empresa, Wolters Kluwer, Madrid, pp. 531-543.
  • MARTÍNEZ PATÓN, V. (2019), La doctrina Societas delinquere non potest. Responsabilidad penal de las personas jurídicas, B de f, Buenos Aires.
  • MEAD, G.H. (2009), Espíritu, persona y sociedad. Desde el punto de vista del conductismo social, intr. Charles W. Morris, presentación a la ed. castellana Gino Germani, Paidós, Barcelona-Buenos Aires-México.
  • MIRÓ LLINARES, F. (2013), «Derecho penal económico-empresarial y evolución de la teoría del delito en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (I). Tipo objetivo», en Jesús-María SILVA SÁNCHEZ y Fernando MIRÓ LLINARES (dirs.), Teoría del delito en la práctica penal económica, La Ley, Madrid.
  • MONTANER FERNÁNDEZ, R. (2015), «El criminal compliance desde la perspectiva de la delegación de funciones», Estudios Penales y Criminológicos, vol. 35, pp. 733-782.
  • MONTANER, R. ; FORTUNY, M. (2018), «La exención de responsabilidad penal de las personas jurídicas: Regulación jurídico-penal vs. UNE 19601», La Ley Penal, nº. 132, mayo-junio.
  • NIETO MARTÍN, A., (2009), «La responsabilidad penal de la persona jurídica tras la LO 5/2010», Revista Xurídica Galega, nº 63, pp. 47-70, en https://resppj.blogspot.com.es/2011/03/la-responsabilidad-penal-de-las.html.
  • PIÑA ROCHEFORT, J.I. (2005), Rol Social y sistema de imputación. Una aproximación sociológica a la función del Derecho penal, pról. J-Mª Silva Sánchez, Bosch, Barcelona.
  • PÉREZ MACHÍO, A.I. (2017), La responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Código penal español. A propósito de los programas de cumplimiento normativo como instrumentos idóneos para un sistema de justicia penal preventiva, Comares, Granada.
  • POLAINO NAVARRETE, M. (2016), Lecciones de Derecho penal, Parte general, t. II, 2ª ed. corregida y actualizada, Tecnos, Madrid.
  • POLAINO-ORTS, M. (2009a), Derecho penal del enemigo. Fundamentos, potencial de sentido y límites de vigencia, pról. Günther Jakobs, Bosch, Barcelona.
  • POLAINO-ORTS, M. (2009b), «Imputación objetiva: esencia y significado», en Kindhäuser Urs / Polaino-Orts Miguel / Corcino Barrueta Fernando, Imputación objetiva e imputación subjetiva en Derecho penal, Grijley, Perú, pp. 19-84.
  • RAGUÉS I VALLÉS, R. (2017), La actuación en beneficio de la persona jurídica como presupuesto de su responsabilidad penal, Marcial Pons, Madrid.
  • RESNIK, M.D. (1998), Elecciones. Una introducción a la teoría de la decisión, trad. Villarmea/Rodríguez, Gedisa, Barcelona.
  • ROBLES PLANAS, R. (2000), «Participación en el delito e imprudencia», Revista de Derecho Penal y Criminología, nº 6, pp. 223-252.
  • ROBLES PLANAS, R. (2006), «¿Delitos de personas jurídicas? A propósito de la Ley austriaca de responsabilidad de las agrupaciones por hechos delictivos», InDret, nº 2.
  • RODRÍGUEZ MANSILLA, D. (1991), Gestión Organizacional. Elementos para su estudio, Instituto de Sociología, Pontificia Universidad Católica de Chile, Santiago de Chile.
  • RODRÍGUEZ RAMOS, L. (2011a), «¿Cómo puede delinquir una persona jurídica en un sistema penal antropocéntrico? (La participación en el delito de otro por omisión imprudente: pautas para su prevención)», Diario La Ley, nº. 7561.
  • RODRÍGUEZ RAMOS, L. (2011b), «La culpabilidad en los delitos cometidos por la persona jurídica. El “delito de sospecha blindado” y la responsabilidad objetiva “impura” en la Circular 1/2010 de la Fiscalía General del Estado», Diario La Ley, nº. 7694, septiembre.
  • RODRÍGUEZ RAMOS, L. (2016), «Sobre la culpabilidad de las personas jurídicas (Al hilo de las SSTS 514/2015, 154 y 221/2016)», Diario La Ley, nº. 8766, mayo.
  • ROSO CAÑADILLAS, R. (2010), «Derecho penal, prevención y responsabilidad social corporativa», Diego Manuel LUZÓN PEÑA (dir.), Derecho penal del Estado social y democrático de derecho. Libro homenaje a Santiago Mir Puig, La Ley, Madrid, pp. 241-296.
  • ROXIN, C. (2000), Autoría y dominio del hecho en Derecho penal, trad. de la 7ª ed., 1999 alemana por Joaquín Cuello Contreras y José Luis Serrano González de Murillo, pról. Manuel Cobo del Rosal, Marcial Pons, Madrid-Barcelona.
  • SAINZ CANTERO, J.A. (1965), La exigibilidad de conducta adecuada a la norma en Derecho penal, Universidad de Granada, Granada.
  • SÁNCHEZ-VERA, J. (1998), «Sobre la figura de la autoría mediata y su tan sólo fenomenológica “trascendencia”», Anuario de Derecho Penal y Ciencia Penales, nº. 51, pp. 319364.
  • SANTA RITA, G. (2015), El delito de organización terrorista: un modelo de derecho penal del enemigo. Análisis desde la perspectiva de la imputación objetiva, Bosch, Barcelona.
  • SCHALL, H. (2004), «Grund und Grezen der strafrechtlichen Geschäftsherrenhaftung», Festschrift für Hans-Joachim RUDOLPHI, ROGALL, PUPPE, STEIN y WULTER (edits.), pp. 267283.
  • SCHÜNEMANN, B. (1988), «Cuestiones básicas de dogmática jurídico-penal y de política criminal acerca de la criminalidad de empresa», Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, t. 41, Fasc/Mes 2, pp. 529-558.
  • SEGRELLES DE ARENAZA, I., (2020), «Estrategias de defensa de la persona jurídica en el proceso penal», Pere SIMÓN CASTELLANO, Alfredo ABADÍAS SELMA (coords.), Mapa de riesgos penales y prevención del delito en la empresa, Wolters Kluwer, Madrid, pp. 343- 365.
  • SILVA SÁNCHEZ, J-Mª, (2004), «¿“Pertenencia” o “intervención”? Del delito de “pertenencia a una organización criminal” a la figura de la “participación a través de la organización”, en el delito», Emilio OCTAVIO DE TOLEDO Y UBIETO / Manuel GURDIEL SIERRA / Emilio CORTÉS BECHIARELLI (coords.), Estudios en recuerdo del Profesor Ruiz Antón, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. 1069-1096.
  • SILVA SÁNCHEZ, J-Mª. (2008a), «La evolución ideológica de la discusión sobre la “responsabilidad penal” de las personas jurídicas», Derecho penal y Criminología, Ejemplar dedicado a: Memorias. XXX Jornadas Internacionales de Derecho penal. Treinta años de evolución del Derecho penal, vol. 29, n.º 86-87, pp. 129 y ss.
  • SILVA SÁNCHEZ, J-Mª. (2008b), «La “intervención a través de la organización”, ¿una forma moderna de participación en el delito?», Manuel CANCIO MELIÁ / Jesús-María SILVA SÁNCHEZ, Delitos de organización, B de F, Montevideo-Buenos Aires, pp. 87-120.
  • SILVA SÁNCHEZ, J-Mª. (2013a), Fundamentos del Derecho penal de la empresa, Edisofer, Madrid.
  • SILVA SÁNCHEZ, J-Mª. (2013b), «La responsabilidad penal de las personas jurídicas en Derecho español», Jesús-María SILVA SÁNCHEZ (dir.), Raquel MONTANER FERNÁNDEZ (coord.), Criminalidad de empresa y Compliance: Prevención y Reacciones Corporativas, Atelier, Barcelona, pp. 15-38.
  • SIMÓN CASTELLANO, P. (2018), El desempeño de las funciones de Delegado de Protección de Datos: gestión de procesos críticos y casos prácticos, Wolters Kluwer, Madrid.
  • SIMÓN CASTELLANO, P. (2020a), «La responsabilidad penal de las personas jurídicas y el nacimiento de los sistemas de compliance», Miguel BUSTOS RUBIO y Alfredo ABADÍAS SELMA (dirs.), Una década de reformas penales: análisis de diez años de cambios en el Código Penal (2010-2020), Bosch, Barcelona, pp. 85-100.
  • SIMÓN CASTELLANO, P. (2020b), «Requerimientos de información y derecho de defensa de la persona jurídica. Reflexiones en torno al caso BBVA-Villarejo», Diario La Ley, nº 9691, septiembre.
  • SIMÓN CASTELLANO, P. (2020c), «Responsabilidad penal de las personas jurídicas, mapa de riesgos y cumplimiento de la empresa», Pere SIMÓN CASTELLANO, Alfredo ABADÍAS SELMA (coords.), Mapa de riesgos penales y prevención del delito en la empresa, Wolters Kluwer, Madrid.
  • TIEDEMANN, K. (1997), «Responsabilidad penal de las personas jurídicas», en José Hurtado Pozo (coord.), Responsabilidad penal de las personas jurídicas, Grijley, Lima, pp. 97-126.
  • TURIENZO FERNÁNDEZ, A. (2021), La responsabilidad penal del Compliance officer, Marcial Pons, Madrid.
  • VILLEGAS GARCÍA, M.A. ; ENCINAR DEL POZO, M.A. (2017), «La responsabilidad penal de las personas jurídicas. La jurisprudencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo», Diario La Ley, nº. 9106, sección Dossier.
  • ZUGALDÍA ESPINAR, J.M (2013), La responsabilidad criminal de las personas jurídicas, de los entes sin responsabilidad y de sus directivos, Análisis de los arts. 31 bis y 129 del Código Penal, Tirant Lo Blanch, Colección delitos, nº. 95, Valencia.
  • ZUGALDÍA ESPINAR, J.M. (2016), «Modelos dogmáticos para exigir responsabilidad criminal a las personas jurídicas (A propósito de las SSTS de 2 de septiembre de 2015, 29 de febrero de 2016 y 16 de marzo de 2016)», La Ley Penal, nº 119, marzo-abril.
  • ZUGALDÍA ESPINAR, J.M. (2019), «La teoría jurídica del delito de las personas jurídicas en la jurisprudencia del Tribunal Supremo», Diario La Ley, nº 953, diciembre