Fiscalidad ambiental en España y su armonización europea

  1. Pedro Jesús Jiménez Vargas
Revista:
Quincena fiscal

ISSN: 1132-8576

Any de publicació: 2016

Número: 1-2

Tipus: Article

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Resum

La protección de la naturaleza y del medio ambiente, significa conservar y cuidar la vegetación, la fauna y sus hábitats. Su origen se remonta a los Siglos XVIII- XIX, y es un Derecho reconocido dentro del ordenamiento jurídico de distintas Constituciones Europeas. La utilización de instrumentos tributarios es primordial, no solo para sostener las necesidades públicas de los Estados con su recaudación, sino como figura tributaria aplicada a la defensa y protección ambiental. Ambas situaciones deben ser complementadas con la aportación de recursos de los Estados, o bien mediante otro tipo de herramientas aceptadas por los diversos sistemas jurídicos contemporáneos a nivel internacional. Para hablar del origen de la armonización fiscal en Europa, hay que remontarse a la década de los años 70. El año 1970, fue declarado por la Organización de las Naciones unidas (ONU), “Año de protección de la Naturaleza”. Hechos como “La cumbre para la Tierra de Río de Janeiro”, “El Tratado de Maastricht de la Unión Europea”, y la celebración de numerosas conferencias de la AEMA o la OCDE, que establecen las bases de una protección jurídica ambiental global, basada en principios universales como el principio de “quien contamina paga”, y que implica a los gobiernos a establecer políticas económicas, legislativas y fiscales, donde los impuestos, y su recaudación deben juegan un papel fundamental en el desarrollo sostenible y sustentable del medio ambiente, y a su vez, en la repercusión, protección y mejor uso de los recursos naturales. En el caso de la imposición ambiental en España, se ha producido una importante descentralización de competencias básicas del Estado como consecuencia del desarrollo del llamado “Estado de la Autonomías”, pero este proceso se ha limitado, casi exclusivamente, a un trasvase de competencias desde la Administración Central hacia las Autonómicas, sin una descentralización efectiva y eficaz hacia las Administraciones Locales, que sufrirían problemas de financiación ya que las propuesta Comunitarias, plantean periodos transitorios de supresión del Impuesto de Matriculación autonómico, compensándose con un aumento del Impuesto de Circulación, lo que afectaría negativamente a las arcas de las Comunidades Autónomas las cuales, podrían asumir la totalidad, del Impuesto de Circulación en detrimento de las Entidades Locales, que serían las grandes perjudicadas. El futuro de Europa y la protección de su medio ambiente, pasa por establecer una “homogeneización fiscal”, también en el ámbito ambiental que, por sus propias características y naturaleza, debe convertirse en un instrumento fundamental para el comienzo de la renombrada Unión fiscal. Una unión fiscal que ha de producirse, usando todos y cada uno de los mecanismos políticos, económicos y legislativos existentes, a nivel nacional y supranacional Europeo, y un sistema fiscal ambiental que luche bajo el principio de “quien contamina paga”.

Referències bibliogràfiques

  • AGOSTINI, P., BOTTEON, M. y CARRARO, C. (1992), «A carbón tax to reduce de CO2 emissions in Europe», Energy Economics, volumen XIV, nº 4, pp. 279-290
  • Fernández de Bordóns, B.; Arozarena García, T. (1993). El impuesto comunitario sobre las emisiones de CO2 y sobre la energía», Boletín ICE Económico, n.º 2.375, junio–julio, pp. 1.935-1.945
  • DEKETELEARE, K.; KREISER, L. y ASHIABOR, H., «Critical Issues in Environmental Taxation, Internaciona and Comparative Perspectives», vol. I, Richmond, UK, 2002, págs. 111-123
  • EUROSTAT (2001), Environmental taxes-A statistical guide, Theme 2: Economy and finance, Office for Official Publication of European Communities, Brussels
  • FRANCO, J. F. (1996), Repercussions for Spain and other European Mediterranean countries of the coming into force of the ecotax, Serie Documentos de Trabajo, nº 15, Universidad Pública de Navarra.
  • GAGO RODRÍGUEZ, Alberto y LABANDEIRA VILLOT, Xabier (2013). «La imposición ambiental como opción para España» Universidad de Vigo Facultad de CC.EE.
  • GONZÁLEZ GARCÍA, Eusebio. (2008) «Los tributos extrafiscales» Justicia y Derecho Tributario. Editorial la ley.
  • HERRERA MOLINA, P. M. y CHICO, P., «El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: análisis sistemático y posibles líneas de reforma», Tributos Locales, nº 82, 2008,
  • HERRERA MOLINA, P. M., «Legal limits on the competente of governments in Spain», en la obra colectiva dirigida por MILNE, J.
  • LABANDEIRA VILLOT, Xabier (2011), «Impuestos energéticos ambientales en España»
  • LÓPEZ ESPADAFOR, Carlos Maria (1999). «La doble imposición interna», pp. 37-38.
  • LÓPEZ ESPADAFOR, Carlos Maria. (2010), «Principios básicos de la Fiscalidad Internacional» pp. 14-15; Editorial Marcial Pons, Madrid, Barcelona, Buenos Aires
  • MENÉNDEZ MORENO, Alejandro. «Los tributos como instrumentos de protección medioambiental: naturaleza jurídica y clasificación», AA. VV. BECKER, Fernando. CAZORLA, Luis María y MARTÍNEZ-SIMANCAS, Julián, Directores. «Tratado de Tributación Medioambiental», Volumen I, Iberdrola, Thomson-Aranzadi, Navarra, (2008), pp. 381-413
  • PEÑA ALONSO, José Luis. «La finalidad extrafiscal y la estructura». pp. 459-499.