Las nuevas tecnologías y el régimen constitucional de las partes en el proceso penal

  1. SIMON CASTELLANO, PERE
Dirigida por:
  1. Xavier Arbós Marín Director/a
  2. Miguel Angel Cabellos Espiérrez Director/a
  3. Anna Maria Pla Director/a

Universidad de defensa: Universitat de Girona

Fecha de defensa: 12 de mayo de 2014

Tribunal:
  1. Marc Carrillo Presidente/a
  2. Pablo Lucas Murillo de la Cueva Secretario/a
  3. Tania Groppi Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 366780 DIALNET

Resumen

El proceso penal concentra múltiples bienes e intereses jurídicos de indudable valor constitucional, como son la transparencia de la actuación de uno de los poderes del Estado ¿el judicial¿, las garantías constitucionales de las partes procesales, los derechos de la personalidad de las diferentes personas implicadas en el proceso, la seguridad de los intervinientes procesales, y el derecho a dar y recibir información sobre los procesos penales, entre otros. Cuando las TIC inciden en ese ámbito contribuyen a multiplicar oportunidades y desafíos; en algunos casos las novedades tecnológicas fuerzan una revisión de los planteamientos tradicionales, si bien en otros supuestos los conflictos entre derechos fundamentales pueden resolverse mediante la aplicación de los criterios clásicos de ponderación. El autor se centra en analizar cómo las características del universo digital han afectado a ese conjunto de derechos e intereses legítimos que concurren en el seno del procedimiento penal, y que conllevan cambios en la medida que los derechos se ejercen hoy en un espacio público muy diferente del mundo moderno en el que nació el constitucionalismo. Internet es el ejemplo más claro del cambio de paradigma, especialmente en el ejercicio de las libertades informativas y en la relación de estas con los demás derechos fundamentales. El debate cívico se produce en un espacio público en el que es posible la difusión y divulgación de información con gran facilidad y de manera ilimitada, con un alcance potencial de lectores superior al de los medios tradicionales, y con la credibilidad que puede suponerse a las comunicaciones ¿entre amistades¿ o interpersonales. Todo ello en un contexto creciente de mediatización de los procesos judiciales, esto es, los juicios paralelos, que alentados por los medios de comunicación contribuyen a trasmitir a la ciudadanía una imagen distorsionada de nuestra justicia, afectando incluso ciertos derechos y garantías de las partes procesales. En estas condiciones, resulta más difícil y más importante la protección de los derechos de la personalidad y de las garantías del proceso, y dar respuesta así a un nuevo grado de publicidad que el legislador constitucional no pudo tener en cuenta de manera alguna en la redacción del art. 120 de la Constitución, que establece en general la publicidad de las actuaciones judiciales. El presente estudio contiene propuestas y reflexiones sobre toda esta problemática en un momento muy oportuno en el plano legislativo, dado que a principios del 2013 se presentó el anteproyecto de Código Procesal Penal, y todo parece indicar que nuestro legislador va a afrontar parte de estos desafíos jurídico en un futuro próximo.