Leyes autonómicas de servicios sociales y entidades eclesiásticas
Universidade de defensa: Universidad de Navarra
Ano de defensa: 1990
- Carmelo de Diego-Lora Presidente/a
- Carlos Soler Ferrán Secretario
- Jorge Otaduy Guerín Vogal
- Joaquín Calvo Alvarez Vogal
- Javier Ferrer Ortiz Vogal
Tipo: Tese
Resumo
EN LOS ULTIMOS AÑOS, LAS COMUNIDADES AUTONOMAS HAN IDO PUBLICANDO SUS RESPECTIVAS LEYES REGULADORAS DE SERVICIOS SOCIALES. ESTAS SE PRESENTAN COMO UN INTENTO DE SUPERAR LOS PLANTEAMIENTOS BENEFICOS TRADICIONALES Y DE CREAR UN SISTEMA UNITARIO Y PUBLICO DE SERVICIOS SOCIALES, DONDE SE HAN DE INTEGRAR TODAS LAS ENTIDADES -PUBLICAS Y DE INICIATIVA SOCIAL- QUE SE DEDICAN A LA ACCION SOCIAL. EN ESPAÑA, TRADICIONALMENTE Y EN LA ACTUALIDAD, LA LABOR ASISTENCIAL DE LA IGLESIA CATOLICA ES DE UNA GRAN MAGNITUD. SIN EMBARGO, SALUD LA LEY ANDALUZA, ESTAS LEYES AUTONOMICAS NO ATIENDEN A LA ESPECIFICAR PROPIA DE LAS INSTITUCIONES ECLESIASTICAS, ASIMILANDOLAS A LAS DEMAS ENTIDADES DE INICIATIVA SOCIAL. ESTE HECHO SE PONE -EN LA TESIS- EN RELACION CON LAS PRINCIPALES NORMAS CONFIGURADORAS DEL ORDENAMIENTO ECLESIASTICO ESPAÑOL: EL ART. 16 DE LA CONSTITUCION, LA LEY ORGANICA DE LIBERTAD RELIGIOSA Y LOS ACUERDOS ENTRE LA SANTA SEDE Y EL GOBIERNO ESPAÑOL; Y SE LLEGA A LA CONCLUSION DE QUE, EN ALGUNOS ASPECTOS, ESAS NORMAS NO HAN SIDO RESPETADAS, POR ESTE MOTIVO, SE AFIRMA LA CONVENIENCIA DEL ESTABLECIMIENTO DE UNAS NORMAS PACTADAS, A NIVEL ESTATAL O AUTONOMICO, QUE SUPLAN LAS DEFICIENCIAS Y LAGUNAS DE LAS DISPOSICIONES OBJETO DEL ESTUDIO.