Revolución y ordenamiento jurídicola experiencia rusa de 1917 y la española de 1936
- VIDAL MANZANARES, CÉSAR
- Enrico Pascucci de Ponte Co-Doktorvater/Doktormutter
- Francisco Javier López de Goicoechea Zabala Co-Doktorvater/Doktormutter
Universität der Verteidigung: Universidad Alfonso X el Sabio
Fecha de defensa: 29 von Juni von 2012
- José Iturmendi Morales Präsident/in
- Juan Luis Jarillo Gómez Sekretär/in
- Eduardo de Urbano Castrillo Vocal
- Florentino Portero Rodríguez Vocal
- Francisco Marhuenda Vocal
Art: Dissertation
Zusammenfassung
La tesis pretende describir y analizar la configuración de una nueva visión jurídica que nació con el análisis filosófico-jurídico de Marx y Engels; que fue elaborada por Lenin y que, finalmente, fue llevada a la práctica de forma inexorable en el curso de la revolución rusa de octubre de 1917. Esa visión, totalmente novedosa desde diversos puntos de vista, creó una nueva administración de justicia, un sistema diferente de orden público, unos tipos penales desconocidos hasta entonces e incluso un sistema penitenciario sin precendentes. Culminada en el art. 53 del Código penal soviético, su influencia es obvia en la España gobernada por el Frente popular con anterioridad al estallido de la guerra vivil, pero alcanzó su plasmación desde la primeras semanas de la guerra produciendo unos frutos muy semejantes a los del sistema soviético. La diferencia fundamental entre ambos procesos sería, esencialmente,que mientras la victoria en la guerra civil permitíó en el caso soviético una teorización jurídica; la derrota del Frente popular en el campo batalla impidió ese mismo desarrollo en el caso español.